Firma del Convenio General de la Industria Química.

Una tragicomèdia en dos actos

Con la publicación de definitiva en el BOE, el pasado 17 de febrero de 2025, del XXI Convenio, General de la industria Química (XXI CGIQ) terminaba el bochornoso espectáculo que nos han ofrecido los máximos representantes de las organizaciones sindicales CCOO de Industria y UGT – FICA.

Si en el primer acto de este teatro del absurdo que han sido las negociaciones del CGIQ calificábamos como estafa la firma en solitario de CCOO (el pasado 26 de noviembre) de un convenio que significaba, más que la pérdida, la entrega de la cláusula de revisión salarial, ahora podemos afirmar que el segundo acto, con la adhesión íntegra, después de dos meses, de la UGT al acuerdo firmado por CCOO y la patronal FEIQUE, ha sido una farsa.

Ambos sindicatos habían afirmado reiteradamente a lo largo de las negociaciones del convenio que la cláusula de revisión salarial era una pieza clave para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras del sector y no se iba a renunciar a ella. Pero la patronal, después de haber tenido que aplicar una subida del 10,3% al finalizar el anterior convenio gracias a esta cláusula, no estaba dispuesta a consentirlo.

Fue CCOO quien acabó firmando primero un nuevo redactado que transformaba dicha cláusula en letra muerta al to- par la desviación del IPC con 1% en 2024, del 1% en 2025 y del 2% en 2026, para unos incrementos salariales moderados –por no decir bajos– del 3 % para cada año de vigència del convenio y, como se encarga de remarcar la patronal, sin efectos retroactivos.

UGT, que tras un primer momento se mantuvo al margen de la firma del convenio y denunció públicamente a CCOO por la pérdida de la cláusula de revisión salarial vinculada al IPC, ha acabado firmando, sin modificar una coma, lo acorda- do por CCOO y la patronal. Justifica este errático proceder alegando que han conseguido salvar la cláusula de revisión salarial del convenio al alcanzar un «compromiso» de que, si hay, una vez finalizado el ya vigente convenio, desviación del IPC respecto a los incrementos salariales pactados, se incorporará la diferencia al próximo convenio.

Ante esta ceremonia de la confusión que nos han brindado CCOO y UGT, que solo ha beneficiado a la patronal, desde nuestro sindicato co.bas queremos aclarar algunos concep- tos que todo trabajador y trabajadora del sector debería te- ner claro para extraer sus propias conclusiones:

  1. Las cláusulas de garantía salarial son una conquista de los y las trabajadoras que previene la pérdida de poder ad- quisitivo frente a los vaivenes de la economía (Capitalista). Es una protección frente a la inflación que asegura que, durante la vigencia de ese convenio, año a año, las subidas salariales sean REALES, y no se dé una aminoración de las condiciones de vida de las personas trabajadoras.
  2. En los últimos años estas cláusulas se han ido perdiendo, especialmente porque la burocracia sindical, CCOO y UGT, que es la firmante de la mayoría de convenios, ha ido renunciando a este derecho, entre otros muchos.
  3. El acuerdo de «compromiso» firmado por la UGT está le- jos de recuperar esta cláusula de garantía salarial. En primer lugar, porque no se verán sus efectos hasta la firma y publi- cación del próximo convenio, que será como muy pronto y siendo en extremo optimistas a finales de 2027. En segundo lugar, porque en caso de que la suma de valores del IPC de 2024 a 2026 sea superior a los incrementos de cada año (9%), cosa muy probable, los trabajadores en ese periodo ya están perdiendo nivel adquisitivo, año tras año. Además, de esta forma, si un trabajador es despedido en ese perio- do, por ejemplo, en mayo de 2026, no se verá afectado de ninguna forma por el acuerdo y habrá perdido valor adquisitivo. En tercer lugar, porque si contamos con que el convenio nuevo se publicará a finales de 2027 o principios de 2028, la inflación de esos dos años no se tendrá en cuenta, por lo que a no ser que se añada una verdadera cláusula de garantía salarial para el nuevo convenio año a año, nada ga- rantiza que no haya una disminución de poder adquisitivo a partir de 2027.
  4. En definitiva, es un acuerdo que promete una supuesta subida que llegará tarde, que no garantizará la pérdida de nivel adquisitivo de 2024 a 2026, y que no cumple con el verdadero objetivo de la garantía salarial y su valor histórico.

L’ACCIÓ | Número 3

Joaquín Gil Travé